jueves, 17 de febrero de 2022

IPREM Y SMI

 



Ambos son índices de referencia para el cálculo de distintos conceptos.

El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es un indicador, creado en 1963, que hace referencia al salario mínimo que debe cobrar un trabajador por cuenta ajena a jornada completa. 

Se actualiza anualmente, mediante Real Decreto del Gobierno, teniendo en cuenta la inflación, la productividad media del país y el aumento de la participación del trabajo en la renta nacional. Y desde 1980, previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. 

Sirve de referencia para conocer, por ejemplo, la parte de salario de un trabajador que no puede ser objeto de embargo, o los límites mínimos y máximos de determinadas contingencias.


Hasta 2004, el SMI, fue la referencia para el acceso a becas, ayudas y subvenciones. Pero desde el 1 de julio de 2004, es otro indicador, el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), el que se utiliza como referencia de distintos de tipos de ayudas: becas de estudio, acceso a VPO, subsidio de desempleo, indemnización mínima por despido, derecho a asistencia jurídica gratuita, prestaciones sociales, etc

El IPREM se actualiza a menor ritmo que el SMI. Se revisa anualmente a través de los Presupuestos Generales del Estado en función de la evolución de los salarios.


En 2022 estos son los valores de ambos indicadores:

IPREM Mensual: 579,02 euros  (Ley 22/2021, 28 diciembre, PGE)

SMI Mensual (14 pagas): 1000 euros (Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022)

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