Este blog está destinado a todos mis alumnos de las diferentes materias de Economía y Empresa que imparto en ESO, Bachillerato y Ciclos formativos. Es complementario a nuestra aula virtual.
miércoles, 13 de octubre de 2021
martes, 15 de junio de 2021
50 AÑOS DEL FIN DEL PATRÓN ORO
Si vais al Museo Británico y visitáis la sala dedicada a la Historia del Dinero, os encontraréis con la primera edición del libro El Maravilloso Mago de Oz (The Wonderful Wizard of Oz), ¿y por qué está allí ese libro?.
En él se critica una parte importante de la historia del dinero, en concreto, la época en la que el valor del dinero, tras la aparición del papel moneda, se fijaba según la cantidad de oro de la autoridad emisora de monedas y billetes. Este sistema monetario, conocido como patrón oro, establece una equivalencia dinero-oro.
Con ello, cualquier ciudadano podía pedir en cualquier momento la conversión de sus billetes por oro.
A finales del siglo XIX, siendo el patrón oro la base del sistema financiero internacional, se produjo en Estados Unidos una gran deflación que generó una deuda enorme, cuyos principales afectados fueron los granjeros del oeste.
El partido demócrata, que defendía los intereses de los agricultores, quería que también se utilizase la plata para respaldar el dinero, es decir, quería un patrón bimetálico, oro-plata, para, de esa manera, incrementar los precios. Sin embargo, el partido republicano se oponía a utilizar la plata.
El periodista L. Frank Baum escribió un cuento, El Mago de Oz, donde representó este enfrentamiento político económico. Existen distintas interpretaciones del mismo pero no hay duda de que pone de manifiesto el debate sobre la política monetaria del momento.
En la ciudad todo parecía hecho de oro y esmeraldas, aunque en realidad lo que sucedía era que el Mago obligaba a que todos llevasen unas gafas con las que lo veían en verde como si todo fuera de esmeraldas y así creían que era mago de verdad ( hacía referencia al valor ilusorio del papel moneda, y era verde porque era el color de los billetes de 1 dólar).
Dorothy descubre que la solución para volver a casa está en sus zapatos de plata.
Inteligencia, corazón, valor, de los distintos implicados para reclamar un sistema bimetálico que solucionara la grave crisis que atravesaban los Estados Unidos.
Sin embargo, Estados Unidos continuó con el patrón oro aunque tras la Primera Guerra Mundial y tras la Gran Depresión muchos países europeos fueron adoptando el sistema de dinero fiduciario, el valor de las monedas estaba respaldado por la autoridad monetaria de cada país.
En 1944, tras la Segunda Guerra Mundial, los Acuerdos de Breton Woods persiguieron crear un sistema monetario internacional y, como no se veía factible una moneda única (el Bancor, propuesta por Keynes), establecieron el patrón dólar oro, en el que el dólar estadounidense ejercía de divisa internacional a un cambio fijo en oro. Estados Unidos se comprometió a mantener el valor del oro en 35 dólares la onza para las operaciones entre Bancos Centrales. A partir de ese momento, el precio de las monedas de los otros países se fijaba en relación al dólar. Se compraba oro a cambio de dólares, y dólares a cambio de oro.
Las grandes adquisiciones de oro para especular comenzaron a vaciar la reserva de Fort Knox, muchos países europeos también comenzaban a repatriar su oro, llegó un momento en que había más dólares que oro que los respaldara, por lo que el precio del oro era superior al cambio fijo de oro; sumado al enorme gasto de la Guerra de Vietnam y al déficit de la balanza comercial hicieron que, el 15 de agosto de 1971, el presidente republicano, Richard Nixon (aconsejado por Milton Friedman) tomara una serie de medidas económicas entre las que se encontraba la suspensión del acuerdo de convertibilidad del dólar respecto al oro, abandonando para siempre el patrón oro y pasando al sistema de dinero fiduciario, en el que el valor del dólar estaría respaldado por la autoridad monetaria estadounidense, la Reserva Federal.
martes, 1 de junio de 2021
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL (NIF) DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
La personas físicas, en España, tenemos un documento nacional de identidad (DNI), un número y una letra que también son nuestro número de identificación fiscal (NIF).
Antiguamente, las personas jurídicas poseían un Código de Identificación fiscal (CIF), pero desde el 1 de enero de 2008 las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que vayan a ser titulares de relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria deberán solicitar el NIF, mediante la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (en la casilla 200 del modelo 036).
Este NIF es diferente al de las personas físicas.
Veamos.
Se compone de una letra y 8 dígitos. Podemos diferenciar cuatro partes:
UNA LETRA. Indica el tipo de entidad.
DOS PRIMEROS DÍGITOS. Indican la provincia a la que pertenece la entidad.
CINCO DÍGITOS. Los cinco primeros indican el número de inscripción de la entidad en el registro provincial.
ÚLTIMO DÍGITO. Es el dígito de control, puede ser número o letra.
Letras correspondientes a cada entidad:
Dígitos que corresponden a cada provincia:
jueves, 20 de mayo de 2021
¿QUÉ ES EL REGISTRO SALARIAL O RETRIBUTIVO?
Es el documento de control del cumplimiento del principio de igualdad retributiva por trabajo de igual valor.
Este mecanismo se introdujo en el Real Decreto Ley 6/2019, por el que se modificaba el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores sobre igualdad de remuneración por razón de sexo.
"Art. 28.2 ET
El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
Las personas trabajadoras tienen derecho a acceder, a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa, al registro salarial de su empresa".
El Reglamento (Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre),de igualdad retributiva entre hombres y mujeres completa la regulación de este registro en sus artículos 5 y 6. (vigente desde 14 de abril de 2021).
Sirve para analizar el origen de las diferencias en las retribuciones. Si existe una brecha salarial de más del 25%, el empresario deberá justificar los motivos, demostrando que no esa diferencia no está relacionada con el sexo de los trabajadores
Existen dos formas de entregar los datos:
-Cuando lo soliciten los representantes sindicales de la empresa o la Inspección de Trabajo se dará a conocer el contenido íntegro de registro.
- Cuando lo solicite el trabajador, ante la inexistencia de representación sindical la información estará limitada a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres.
Por tanto, los trabajadores solo podrán conocer el contenido íntegro del registro a través de la representación sindical.
El incumplimiento de la obligación de tener un registro retributivo será motivo de iniciar acciones administrativas y judiciales, asimismo, este incumplimiento es considerado por la Ley de Infracciones y sanciones del orden social, infracción grave sancionada con multa de 626 a 6.250 euros. Si además se ha producido discriminación salarial, ésta se considera falta muy grave y está sancionada con multa que va de 6.251 a 187.151 euros
martes, 11 de mayo de 2021
PASAPALABRA DE "RECURSOS HUMANOS Y RSC"
Instrucciones:







